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Patrimonio Urbano

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En el marco de su Política Urbana y Habitacional, el Ministerio de Vivienda y Urbanismo ha puesto un marcado énfasis en la ciudad y los barrios como focos de sus políticas de integración urbana.
Su objetivo principal es que los chilenos accedamos a ciudades y barrios más integrados, sustentables, atractivos, amables y con identidad. Desde estos principios, el Estado tiene la responsabilidad de recuperar y preservar lo que hemos denominado el Patrimonio Urbano.

PATRIMONIO URBANO

El patrimonio urbano comprende las edificaciones y los espacios públicos cuya forma constitutiva es expresión de la memoria colectiva, arraigada y trasmitida, los que en forma individual o en conjunto, revelan características culturales, ambientales y sociales que expresan y fomentan la cultura y el arraigo social .

Considerando que refuerzan la identidad de ciudades y barrios, su protección y recuperación constituyen un imperativo para el fortalecimiento de la identidad y del sentido de pertenencia e integración social de la comunidad con su barrio, ciudad y el país.

Las políticas de recuperación y protección del Patrimonio Urbano apuntan a revalorizar nuestras urbes , creando ciudades vibrantes y atractivas, mediante  planes urbanos que incorporen y recuperen espacios públicos, preserven el carácter e identidad de los barrios, apliquen medidas de diseño urbano que revaloricen la ciudad y fomenten la protección y creación de un nuevo patrimonio urbano de calidad.

Chile tiene más de 600 millones de metros cuadros construidos -un 60% es vivienda- lo que tiene un valor aproximado de US$ 100.000 millones, cifra considerablemente mayor que toda la capacidad de producción del país en décadas. Cerca del 58% de ese patrimonio construido tiene más de 30 años, lo que lo enfrenta a procesos de proceso de cambio y deterioro, lo que nos señala la alta necesidad de políticas públicas al respecto.

Mayor información en  (www.patrimoniourbano.cl)

 

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Las disposiciones contempladas en la Normativa de Urbanismo y Construcciones (Ley General de Urbanismo y Construcciones-LGUC- y su Ordenanza General -OGUC-) faculta a los Planes Reguladores Comunales (PRC) para señalar los Inmuebles y Zonas de Conservación Histórica, en relación a las condiciones y características que establece el artículo 2.1.43 de la Ordenanza General. Son protegidos bajo las disposiciones del artículo 60 de la LGUC.
Esta gestión se lleva a cabo a nivel nacional con el apoyo técnico desde este Ministerio, a través de la División de Desarrollo Urbano.
Mayor información en www.patrimoniourbano.cl
En Chile el patrimonio urbano se rige a través de dos instrumentos normativos distintos una es la Ley Nº 17.288 de Monumentos Nacionales y nuestra Ley General de Urbanismo y Construcción (LGCU) que en su articulo Nº 60 define la declaración de los Inmuebles (ICH) y Zonas de Conservación Histórica (ZCH). Ambas deben actuar coordinadamente y complementarse para proteger y gestionar el patrimonio urbano de nuestro país.

En esta sección podrás encontrar las normas generales del urbanismo, los decretos específicos referidos a los programas que se están implementando en la actualidad y las resoluciones que determinan su funcionamiento y aplicación.
Ver el detalle en Normas Legales

Mayor información en www.patrimoniourbano.cl