1.- Si usted postuló al Subsidio regulado por el D.S. N° 40
- Subsidio General
- Subsidio de Interés Territorial
- Subsidio de Rehabilitación Patrimonial
Y ya tiene el Certificado de Subsidio en su poder, en primer lugar debe recorrer la oferta habitacional del mercado inmobiliario y dirigirse a las distintas entidades financieras que ofrecen Créditos Hipotecarios (en caso de que con el Subsidio y con su Ahorro no alcance a completar el valor de la vivienda que desea adquirir).
Recuerde que tiene 21 meses para aplicar el Certificado de Subsidio, a partir de la fecha en que éste fue emitido.
Para mayor información revise el siguiente archivo adjunto: