Subsidio de Rehabilitación Patrimonial Título III

Subsidio Habitacional que otorga el Estado, que no se devuelve, que junto al ahorro de la familia, permiten la compra de una vivienda económica en que se hayan generado dos o más viviendas, del reciclaje o rehabilitación de un inmueble ya construido, ubicado en una Zona de Conservación Histórica o haya sido declarado de conservación histórica, y que cuente con la autorización de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo respectiva.

¿Cómo se postula?

  • Se puede postular en forma individual o colectiva.
  • Si se postula colectivamente, puede hacerse a través de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS) con personalidad jurídica, con o sin fines de lucro, como por ejemplo, cooperativas abiertas de vivienda; corporaciones; fundaciones e inmobiliarias cuya labor es organizar y patrocinar al grupo de postulantes al subsidio habitacional y desarrollar el proyecto habitacional.
  • El MINVU dispone llamados a postulación, los que son publicados en el Diario Oficial hasta el día 20 del mes anterior al inicio del período de postulación.

¿A quiénes está dirigido?

A familias de sectores medios, con capacidad de ahorro, que puedan acceder a crédito hipotecario para comprar una vivienda económica, generada por la rehabilitación de un inmueble ubicado en una Zona de Conservación Histórica o de un Inmueble de Conservación Histórica. Las Zonas de Conservación Histórica están definidas en el Instrumento de Planificación Territorial (Plan Regulador).

Requisitos

  • Ser mayor de edad.
  • Tener Cédula Nacional de Identidad Chilena.
  • Acreditar el ahorro mínimo que exige el Programa, depositado en alguno de los tipos de cuentas a que se refiere el reglamento.
  • Monto que deberá haber sido enterado al último día del mes anterior al del inicio del respectivo período de postulación (no podrán efectuarse giros posteriores a esa fecha).
  • Carecer de vivienda. Este requisito incluye al interesado, a su cónyuge y alos miembros del grupo familiar acreditado.
  • No tener certificado de subsidio vigente ni el interesado ni su cónyuge.
  • No estar postulando a ningún otro programa habitacional, ni el interesado ni su cónyuge.
  • No estar postulando en el mismo llamado el interesado y su cónyuge, ni los demás integrantes del grupo familiar acreditados como cargas familiares.
  • No haber obtenido antes del SERVIU o de sus antecesores legales, o de las municipalidades u otros mecanismos, una vivienda o subsidio habitacional ni el interesado ni su cónyuge.
  • Si se postula en grupo, debe ser con proyecto habitacional y a través de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS).
  • La Ficha de Protección Social (ex CAS), no es requisito para postular, pero aporta puntaje si es inferior al puntaje de coste del tercer quintil.
  • La rehabilitación del inmueble debe cumplir con los siguientes requisitos:
    • Haber generado dos o más viviendas.
    • El inmueble rehabilitado debe tener una antigüedad anterior al 31 de julio de 1959.
    • Debe estar en Zona de Conservación Histórica o ser un inmueble de conservación histórica.

La rehabilitación debe contar con autorización de la SEREMI de Vivienda y Urbanisimo, de acuerdo al inciso segundo del artículo 60 de la Ley General de Urbanismo y Construcción disponible en este sitio web.

Financiamiento

La vivienda se financia con subsidio del Estado, ahorro del postulante y, de ser necesario, con un crédito hipotecario obtenido en alguna entidad crediticia, para lo cual el beneficiario debe cumplir los requisitos y condiciones exigidos para ser sujeto de crédito.

El monto del subsidio es de 250 UF. El postulante debe aportar un ahorro, cuyo mínimo está fijado en el reglamento respectivo, de acuerdo al tramo de precio de vivienda a que postule.

Existen dos tramos de valor de la vivienda:
Tramos de Precio de la ViviendaSubsidio (UF)Ahorro Mínimo (UF)
Tramo 1: hasta 1.200 UF250100
Tramo 2: hasta 2.000 UF250200

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Estos montos de subsidio pueden ser incrementados hasta en 20 UF en caso que el beneficiario o uno o más integrantes del grupo familiar acreditado por éste, estuviere inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad, siempre que al momento del pago del subsidio, se acredite que dicho monto ha sido destinado a financiar la ejecución de obras en la vivienda, que contribuyan a superar lasa limitaciones que afectan a quienes presentan tal condición de discapacidad en el grupo familiar del postulante. Selección:

La selección se realiza regionalmente, por estricto orden de puntaje, entre los postulantes que cumplan los requisitos y que tengan la documentación exigida, hasta que se agoten los recursos asignados a la región, en el Título, tramo de precio de viviendas, cuando corresponda, y alternativa de postulación.

En la selección se consideran los siguientes aspectos:
  • Integrantes y características del grupo familiar.
  • Monto acreditado de ahorro y saldos medios de ahorro efectivamente mantenidos.
  • Puntaje Ficha de Protección Social (ex CAS), no es obligatorio, pero da puntaje si es inferior a 636 puntos.
  • Permiso de Edificación.
  • Adulto mayor (puntaje adicional).
  • Persona reconocida como víctima por la Comisión Valech, o su cónyuge (puntaje adicional).
  • Cumplimiento del Servicio Militar (año 2004 en adelante, con valer Militar).
Consultar Factores de Puntaje D.S. N°40 Plazos:
  • Una vez hecha pública la nómina de seleccionados, los postulantes que se sientan perjudicados, tienen derecho en un plazo de 10 días corridos, desde la fecha de publicación de los resultados, para presentar por escrito ante el SERVIU, los reclamos que estimen.
  • El período de vigencia del certificado de subsidio es de 21 meses, contados desde el 1º día del mes subsiguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de la Resolución que apruebe las nóminas de seleccionados.
Instrumentos Para Acreditar Ahorro:
  • Cuenta de Ahorro a Plazo para la Vivienda en Bancos o Instituciones Financieras o cooperativas de ahorro y crédito.
  • Cuenta de ahorro de "leasing habitacional", en Bancos, Sociedades Financieras o Cajas de Compensación de Asignación Familiar, en que el interesado debe firmar un contrato de ahorro. Este tipo de cuenta, debe considerar que el ahorro se exprese en UF y contemplar la facultad de bloquear y desbloquear el monto de ahorro acreditado al postular (capital, reajustes e intereses) a petición del MINVU; o permitir la aplicación del ahorro al precio de la vivienda conforme lo señala el reglamento.
  • Cuenta de ahorro con fines habitacionales mantenida en algún Servicio de Bienestar Social que haya suscrito convenio con el MINVU para estos efectos. Este tipo de cuenta deben considerar reajustabilidad del ahorro (expresar ahorro en UF) y contemplar la facultad de bloquear y desbloquear el monto de ahorro acreditado al postular (capital, reajustes e intereses) a petición del MINVU; o permitir la aplicación del ahorro al precio de la vivienda conforme lo señala el reglamento.
  • Cuenta de aporte de capital en una cooperativa abierta de vivienda.
  • Cuenta de ahorro a plazo para la vivienda mantenida en una Cooperativa de Ahorro y Crédito sometida a la fiscalización de la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.
  • Otro tipo de cuentas de ahorro, que considere la reajustabilidad del ahorro (expresar ahorro en UF) y contemplar la facultad de bloquear y desbloquear el monto de ahorro acreditado al postular (capital, reajustes e intereses) a petición del MINVU; o permitir la aplicación del ahorro al precio de la vivienda conforme lo señala el reglamento.

Documentos requeridos

Formulario de Postulación que proporciona el SERVIU y acompañar:

  • Documentación sobre el postulante y su grupo familiar.
  • Documentación sobre cargas familiares, si las tiene.
  • Documentación que demuestre el ahorro del postulante o cónyuge, al último día del mes anterior al mes de inicio del periodo de postulación.

En caso de postulación en línea, presentar Cédula Nacional de Identidad y entregar fotocopia de ella y documentación que acredite cargas familiares, de ser el caso. Si la cuenta de ahorro a plazo para la vivienda es del BancoEstado o del Banco del Desarrollo, la información de ahorro se solicita en línea, para lo que el postulante debe otorgar mandato al SERVIU.

Si se postula colectivamente la EGIS deberá presentar además:
  • Descripción y nombre del proyecto y su ubicación.
  • Nómina de los postulantes que cumplan con los requisitos del programa.
  • Declaración de los postulantes que indique que conocen el proyecto y sus características.
Para Acreditar Ahorro:

Cuenta de ahorro a plazo para la vivienda; cuenta de ahorro de “leasing habitacional”; cuenta de ahorro con fines habitacionales de Servicios de Bienestar Social con convenio con el MINVU; cuenta de aporte de capital y de depósitos de ahorro en cooperativa abierta de vivienda; cuenta de ahorro a plazo para la vivienda en una Cooperativa de Ahorro y Crédito; otro tipo de cuentas de ahorro, que contemple reajustabilidad y facultad de poder bloquear y desbloquear la cuenta.

Subsidio Habitacional D.S. N°40

¿Dónde recurrir?

A las Oficinas de Información, Reclamos y Sugerencias (OIRS) del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) y de los Servicios de Vivienda y Urbanización (SERVIU) de todo el país.

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