Subsidio para la Adquisición de Viviendas Construidas

A este Subsidio se Postula individualmente a través de una Entidad de Gestión Inmobiliaria Social (EGIS), que celebre convenio con el MINVU para estos efectos.

•  El interesado debe dirigirse a una EGIS y gestionar el Subsidio General Título I.

•  El Subsidio debe destinarse exclusivamente a la adquisición de una vivienda construida: nueva o usada, conforme al Título I del D.S. N° 40, que cuente con certificado de recepción final, emitido por la DOM.

•  En este Programa no se aplican factores de puntaje ni mecanismos del proceso de selección a que se refiere el D.S. N° 40, porque la compra es automática.

•  El Certificado de Subsidio tiene una vigencia de 6 meses.

•  El MINVU podrá determinar períodos permanentes de postulación, con selecciones periódicas.

•  Participan postulaciones ingresadas hasta el último día hábil del mes anterior a cada proceso de selección.

•  Selección de acuerdo a fecha y hora de ingreso de la solicitud de postulación.

•  Selecciones hasta agotar recursos asignados.

Montos de Subsidio:

El monto del subsidio depende del precio de la vivienda y de la región, provincia o comuna.

El ahorro mínimo está fijado en el reglamento respectivo.

A. Para todas las region es, provincias y comunas del país, excepto las señaladas en letras B. y C:

Precio de la vivienda
Subsidio (UF)
Ahorro Mínimo *
Hasta 1.000 UF
(275 - P) x 0,175
50 UF

P corresponde al precio de la vivienda.
El monto de subsidio no podrá exceder de 205 UF.

B. En las regiones XI, XII y Provincias de Palena y Chiloé:

Precio de la vivienda
Subsidio (UF)
Ahorro Mínimo *
Hasta 1.200 UF
(382 - P) x 0,16
50 UF

P corresponde al precio de la vivienda.
El monto de subsidio no podrá exceder de 320 UF.

C. En las comunas de Isla de Pascua y de Juan Fernández:

Precio de la vivienda
Subsidio (UF)
Ahorro Mínimo *
Hasta 1.200 UF
(530 - P) x 0,2
50 UF

P corresponde al precio de la vivienda.
El monto de subsidio no podrá exceder de 400 UF.

(*) Como el período de postulación de los llamados en curso (Segundo Llamado 2007 y Subsidio para la Adquisición de Viviendas Construidas) comenzó en julio de 2007, el ahorro mínimo para postular al Título I es de 20 UF hasta noviembre de 2007, conforme al artículo transitorio del D.S. N° 216 (V. y U.), de 2006.

Requisitos y condiciones de postulación:

•  No presentar impedimentos para postular (doble beneficio, ser propietario de vivienda, etc.), salvo los casos de excepción que señala el reglamento, lo que se acreditará con declaración jurada simple.

•  Presentar promesa de compraventa, en que conste: Ubicación de la Vivienda , Precio y Forma de financiamiento.

•  Singularización del Permiso de Edificación y del Certificado de Recepción final de la vivienda, emitido por la DOM.

•  Acreditar haber enterado el ahorro mínimo exigido:

•  En el caso de ahorro mantenido en BancoEstado o Banco del Desarrollo, se debe otorgar mandato al SERVIU para solicitar información de ahorro.

•  Otras entidades captadoras de ahorro, certificación emitida por la entidad, que acredite saldos semestrales mantenidos y saldo final.

•  Fotocopia Cédula Nacional de Identidad del postulante y documentos a que se refiere el artículo 12 del D.S. Nº 40 (V. y U.), de 2004, para efectos de acreditar cargas familiares. Tratándose del cónyuge e hijos menores de 18 años, será consultada al Servicio de Registro Civil e Identificación.

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